La Secretaría de movilidad de Bogotá publicó recientemente un proyecto de decreto "Por medio del cual se toman medidas para el ordenamiento del tránsito de vehículos de transporte público especial, y vehículos de servicio oficial, en las vías públicas del Distrito Capital, y se dictan otras disposiciones".
La medida busca restringir la circulación de los vehículos de transporte especial de pasajeros tipo automóvil, campero y camioneta con capacidad de 4 pasajeros (sin
incluir el conductor) en la ciudad de Bogotá entre las 5:30 am y 9:00 pm de Lunes a Sábado de acuerdo con el último dígito de la placa y estarían exentos los vehículos que presten servicio de transporte escolar siempre que cuenten con los soportes y distintivos correspondientes
Día |
1a Semana |
2a Semana |
3a Semana |
4a Semana |
5a Semana |
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Lunes |
1 y 2 |
3 y 4 |
5 y 6 |
7 y 8 |
9 y 0 |
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Martes |
3 y 4 |
5 y 6 |
7 y 8 |
9 y 0 |
1 y 2 |
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Miércoles |
5 y 6 |
7 y 8 |
9 y 0 |
1 y 2 |
3 y 4 |
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Jueves |
7 y 8 |
9 y 0 |
1 y 2 |
3 y 4 |
5 y 6 |
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Viernes |
9 y 0 |
1 y 2 |
3 y 4 |
5 y 6 |
7 y 8 |
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Sábado |
1 y 2 |
3 y 4 |
5 y 6 |
7 y 8 |
9 y 0 |
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La medía además incluye restricciones de circulación a los vehículos de servicio oficial
Descargue aquí el proyecto de decreto